Descubre si podemos ayudarte a cambiar de EPS

Puedes si...

✅ Eres cotizante activo del régimen contributivo

✅ Eres el cotizante principal (primer cotizante)

✅ Llevas más de 12 meses en tu EPS actual

✅ Estás al día con tus pagos de salud

No puedes si...

❌ Eres beneficiario o dependiente de otro cotizante

Perteneces al régimen subsidiado

Llevas menos de 12 meses en tu EPS actual

Tienes pagos pendientes o en mora

Todo lo que necesitas saber para trasladarte

Consulta los tipos de traslado, documentos y quiénes pueden hacerlo
¿Qué documentos debo tener?
  • Foto de tu documento de identidad (Este se lo enviarás a tu asesor cuando se contacte contigo)
  • Correo electrónico
  • Número de teléfono
  • Dirección y ciudad de residencia

Se considera como cotizante o afiliado al Sistema de Seguridad Social en Salud a todas personas que tienen un vínculo laboral, o a los trabajadores que reciben más de dos salarios mínimos legales. Igualmente, hacen parte de este grupo, los servidores públicos, los pensionados, los jubilados y los trabajadores independientes con capacidad de pago

De acuerdo con el artículo 21 del Decreto 2353 de 2015, las personas que pueden hacer parte del grupo de beneficiarios del cotizante (dependiente o independiente), son los siguientes:

  • El cónyuge
  • A falta de cónyuge, la compañera o compañero permanente incluyendo las parejas del mismo sexo
  • Los hijos menores de veinticinco (25) años de edad que dependen económicamente del cotizante
  • Los hijos de cualquier edad si tienen incapacidad permanente y dependen económicamente del cotizante
  • Los hijos del cónyuge o compañera o compañero permanente del afiliado, incluyendo los de las parejas del mismo sexo
  • Los hijos de los beneficiarios 
  • Los hijos menores de veinticinco (25) años y los hijos de cualquier edad con incapacidad permanente que, como consecuencia del fallecimiento de los padres, la pérdida de la patria potestad o la ausencia de estos, se encuentren hasta el tercer grado de consanguinidad con el cotizante y dependan económicamente de este
  • A falta de cónyuge o de compañera o compañero permanente y de hijos, los padres del cotizante que no estén pensionados y dependan económicamente de este
  • Los menores de dieciocho (18) años entregados en custodia legal por la autoridad competente